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¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?

 

 

A partir de 1 de Junio de 2013, la presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendatarios del certificado de eficiencia energética de la totalidad o parte de un edificio, según corresponda, es exigible para los contratos de compraventa o arrendamiento celebrados a partir de dicha fecha. Según el Real Decreto aprobado el pasado 5 de abril de 2013, Real Decreto 235/2013

 

EL CERTIFICADO ENERGÉTICO OFICIAL TIENE VALIDEZ DE DIEZ AÑOS.

¿QUIÉN REALIZA LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA?

 

Según establece el RD 235/2013 las titulaciones habilitantes para la certificación energética son las de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero e ingeniero técnico.

 ¿QUÉ EDIFICIOS SE DEBEN CERTIFICAR?

 

  Todos los inmuebles no industriales disponibles para la venta o el alquiler.

 

La normativa incluye algunas excepciones en cuanto a los edificios que deben solicitar el certificado.

 

  Así, por ejemplo, no resulta obligatorio para los pisos arrendados durante menos de cuatro meses, edificios aislados con menos de 50 metros cuadrados útiles, edificios y monumentos protegidos en los que se altera su carácter o aspecto, lugares de culto o religiosos, construcciones provisionales (para menos de dos años) y la parte no residencial de edificios industriales y agrícolas.

 

  Por su parte, será obligatorio para todos los edificios de nueva construcción y también cuando se haga una rehabilitación o reforma de edificio con una superficie útil superior a 1.000 metros cuadrados, que afecte a más del 25% del total de sus cerramientos.

 

 Los propietarios que deseen vender sus pisos deberán poner a disposición de los compradores este título en el momento en el que se efectúa la operación (lo va a requerir el notario porque se tiene que incorporar a la escritura de compra-venta), mientras que en el caso de los alquileres el casero deberá entregar una copia al inquilino.

 

   Es frecuente que en los alquileres, la falta de certificado sea esgrimida como excusa de morosidad incluso causa de denuncia contra el arrendador por parte de inquilinos problemático.

 

  Para un arrendador intentar ahorrase el certificado en el caso de un nuevo contrato de alquiler posterior al pasado 5 de Abril de 2013, es muy mal negocio porque se pone por un precio irrisorio en manos del arrendatario, el cuál en cualquier momento del arrendamiento puede hacer valer la falta de certificado y denunciar al arrendador o intentar renegociar a la baja la renta de alquiler.

 

Multa de 601 € a 1000 €

 

El certificado sólo puede registrase durante un mes después de su redacción.

 

No es obligatorio en el caso de renovación al mismo arrendatario de contratos anteriores de a 5 de Abril de 2013.

 

 

 

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES?

 

La ley establece sanciones que oscilan desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.

 

Se sanciona el poner a la venta o alquiler un inmueble sin tener y exponer el certificado correspondiente, y sobretodo el falseamiento del certificado.

 

No se sanciona ninguna calificación por pésima que sea.

 

Sanciones leves (de 300 a 600€)

 

  • Anunciar la venta o el alquiler en inmobiliarias u otros medios sin hacer mención a la calificación energética del inmueble (letra de la A a la G)

  • No exhibir la etiqueta energética en los edificios públicos y en los privados de superficie superior a 500m2 que son frecuentados por el público (por ejemplo, centros comerciales)

  • Publicitar la venta o arrendamiento de un inmueble mostrando la “calificación prevista en el proyecto” cuando ya existe la “calificación del edificio terminado”.

  •  

Sanciones graves (de 601 a 1000€)

 

  • Vender o alquilar un inmueble sin que el propietario entregue el certificado en vigor al comprador o arrendatario.

  • No registrar el certificado en el órgano competente de la comunidad autónoma.

  • Mostrar una etiqueta que no se corresponda con el certificado real, tanto en la promoción para la venta o alquiler como exhibiéndola al público cuando sea obligatorio.

  •  

Sanción muy grave (de 1.001 a 6.000 euros)

 

  • Publicitar la venta o alquiler de un inmueble con una certificación energética sin tener realmente un certificado energético o teniendo uno que no esté en vigor.

  • Falsear la información en la fase de registro del certificado.

     

¿EN QUÉ CONSISTE?

 

 

 

 

En un edificio, la eficiencia energética se calcula midiendo la energía consumida al año, en condiciones normales de uso y ocupación. Para ello se tienen en cuenta todos los servicios utilizados de manera habitual, como «la calefacción, la refrigeración, la ventilación, la producción de agua caliente sanitaria y la iluminación, a fin de mantener las condiciones de confort térmico y lumínico y sus necesidades de agua caliente sanitaria y calidad de aire interior».

 

   Aunque el certificado también calcula el consumo en Kwh/m2 al año del inmueble, en España el término último que da la calificación es la traducción de ese consumo en  CO2/m2 al año según el tipo de energía que se consuma. 

 

 Este certificado especificará mediante una escala de siete letras, de la A a la G, el nivel de emisiones de CO2 en comparación con las dimensiones del edificio.

 

CLASE A: Las viviendas más eficientes con un consumo de energía muy inferior se adelantan a las nuevas normativas tienden a cumplir la próxima normativa de “edificio de consumo energético casi nulo”. 

 

CLASE B: Viviendas muy eficientes. Ya es exigible en las nuevas construcciones visadas a partir de septiembre de 2013

 

CLASE C: Son viviendas de gran calidad y eficientes ya que consumen entre un 10% y un 25% menos

 

CLASE D: Son viviendas de calidad y bien orientadas.

 

CLASE E: La media Nacional, es la las frecuente de las calificaciones, tu vivienda está en la media, es el aprobado.

 

  A veces la única diferencia entre una D y un E dentro del mismo edificio es la orientación, mejor al Sur y al Sureste que cualquier otra y mientas más en el centro del edificio esté una vivienda, mejor que mejor, puesto que al estar rodeada de otras viviendas está protegida de pérdidas térmicas.

 

CLASE F: En esta clase se engloba viviendas poco eficientes que cuentan con consumos energéticos elevados (hasta un 25% por encima de la media). Se pueden mejorar sin grandes inversiones.

 

CLASE G: las más ineficientes, deberían de ser reformadas en profundidad.

 


 Un edificio "normal" que cumpliera la normativa aplicable a su año de construcción estrictamente, debería de sacar valores entre D y E que van de 95 % de consumo al 110 %.

 

   Si se obtiene una F o una G, cosa de lo más normal, no quiere decir que se tengan que realizar obligatoriamente obras de mejora ni que se le vaya a sancionar de ninguna manera, pero sí que pesará en contra a la hora de la negociación del precio del inmueble.

 

 La obligatoriedad del certificado energético para la venta o el alquiler de un inmueble, se justifica no sólo en el derecho del adquiriente de conocer la situación, sino en que en el certificado se deben proponer medidas de mejora, es una oportunidad.

 

Para una vivienda tipo con un recibo medio de suministros de 100 €/mes  supondrá que si tuviera calificación:

 

     A          menos que la media (un máximo de 55€)             "MATRICULA"

     B       menos que la media (55€ a 75€)                            "SOBRESALIENTE"

     C       menos que la media (75€ a 90€)                             "NOTABLE"

     D          la media (90€ a 100€)                                                "BIEN"

     E           la media  (100€ a 110€)                                           "APROBADO"

     F           más que la media (110€ a 125€)                            "SUSPENSO"

     G       más que la media (un mínimo de 125€)              "MUY DEFICIENTE"

 

 

    De este modo, se pretende que el comprador o el inquilino pueda «valorar y comparar la eficiencia energética como un factor añadido para la toma de decisiones de compra o alquiler.

¿ES EL CERTIFICADO ENERGÉTICO UN "SACA CUARTOS DEL GOBIERNO..."?

 

 

A mediados del mes de Octubre de 2015 la población mundial alcanzó los SIETE MIL TRESCIENTOS MILLONES, se estima que la capacidad de absorción de CO2 del planeta es de DIEZ MIL MILLONES DE TONELADAS al año, tocaríamos  a :  

 

1369 Kg/persona al año.

 

Una vivienda de 100 m2 habitada por tres y media 3.5 personas (ocupación media en España) con calificación energética:

 

A         Tendría  una    emisión  de 461  Kg de CO2 al año es decir 131 Kg/habitante año.

B         Tendría  una  emisión  de 1105 Kg de  CO2 al año es decir 315 Kg/habitante año.

C         Tendría  una  emisión   de 1655 Kg de CO2 al año es decir 472 Kg/habitante año.

D         Tendría  una emisión de 2249  Kg de CO2 al año es decir  642 Kg/habitante año.

E         Tendría una emisión de 3815 Kg de CO2 al año es decir  1090 Kg/habitante año.

F         Tendría una emisión de 5508 Kg de CO2 al año es decir  1573 Kg/habitante año.

G         Tendría una emisión de 8279 Kg de CO2 al año es decir  2365 Kg/habitante año.

 

    F y G sólo en mantener la vivienda en con el mismo confort que el resto de las calificaciones, ya superan ampliamente la cuota por persona. Por supuesto que además de la vivienda hay muchas otras fuentes de producción de CO2 por persona.

 

La diferencia de emisión entre una A y una G es de 18 veces, para mantener el mismo nivel de confort. 

 

La cantidad de CO2 de producción natural es de 500 millones de toneladas, la producción antrópica es de 30.000 millones de toneladas...

 

La civilización actual se basa en la siguiente ecuación, se quema un combustible fósil y se obtine energía y como residuo dióxido de carbono fósil mas agua, las plantas mediante la fotosíntesis realizan el proceso contrario.

 

LOS INMUEBLES MÁS EFICIENTES PAGARÁN MENOS IBI

 

 

MADRID, 28 Septiembre 2015 EUROPA PRESS

 

 

El Ministerio de Hacienda permitirá a los ayuntamientos rebajar hasta un 20% el Impuesto de Bienes Inmuebles (181) para aquellos edificios que sean más eficientes en términos energéticos.

 

La enmienda, que modifica la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece que las ordenanzas fiscales de los ayuntamientos a partir del 1 de enero de 2016 podrán regular una bonificación sobre la cuota íntegra del iBI de naturaleza urbana en función de la calificación de eficiencia energética de los inmuebles, de tal manera que supondrá una mayor rebaja para los edificios energéticamente más eficientes y una menor o nula bonificación para los menos eficientes o para los que no dispongan de calificación.

 

Así, para aquellos que tengan la mayor calificación ('A') se podrá introducir una bonificación de hasta el 20%.

 

La escala introducida prevé también que para los edificios de calificación energética 'B' la bonificación será de hasta el 16%, y para los que tengan una calificación de 'C', alcanzará hasta el 12%. Los de calificación energética 'D' podrán disfrutar de una bonificación de hasta el 8% y los de 'E', de hasta el 4%.

 

Los inmuebles con una calificación energética de 'F' o 'G' o que no dispongan de certificado energético no podrán beneficiarse de ninguna bonificación, según la enmienda a los Presupuestos de 2016, que entrará en vigor el 1 de enero del próximo año pero con vigencia indefinida.

 

La calificación energética del bien inmueble deberá ser acreditada ante el ayuntamiento por el sujeto pasivo mediante la aportación del certificado regulado en el real decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Según el texto de la enmienda, el Gobierno propone con esta modificación fomentar la construcción y adquisición de bienes inmuebles energéticamente eficientes, así como la realización de instalaciones u obras para la obtención de la referida certificación.

Asimismo, se pretende incentivar la mejora de la eficiencia energética de los bienes inmuebles urbanos, estableciendo dicha bonificación para los ayuntamientos, que varía en función de dicha calificación energética, con el propósito de cumplir con los objetivos propuestos por el Gobierno en materia social, económica y medioambiental.

 

http://www.europapress.es/economia/fiscal-00347/noticia-inmuebles-mas-eficientes-energeticamente-podran-pagar-20-menos-ibi-20150928122912.html

 En la Comunidad de Madrid la tasa de registro en la dirección general de industria es : CERO €.

PARADOJA DE JEVONS

 

 A medida que el perfeccionamiento tecnológico aumenta la eficiencia con la que se usa un recurso, es más probable un aumento del consumo de dicho recurso que una disminución. Concretamente, la paradoja de Jevons implica que la introducción de tecnologías con mayor eficiencia energética pueden, a la postre, aumentar el consumo total de energía. A medida que una tecnología mejora  se populariza y vanaliza su uso, todo el mundo lo quiere y el gasto total se dispara pese a que unidad por unidad el producto cada vez sea mejor y más eficiciente, la cantidad de unidades crece y crece. Pasó con la máquina de vapor, con los transportes, con las comunicaciones, con la climatización,... con todo.

 

 A mediados de los 50 en España se llegó al millón de coches matriculados, la cifra actual es de unos treinta millones....

 

 

TASA DE RETORNO ENERGÉTICO                                                       

 

Se conoce como tasa de retorno energético al cociente de la cantidad de energía total que es capaz de producir una fuente de energía y la cantidad de energía que es necesario emplear o aportar para explotar ese recurso energético:

 

 

Un cociente menor o igual que 1 indica que la energía de la fuente es menor o igual a la energía consumida.

 

 

 

 Cuando empezaron las extracciones de petróleo a mediados del siglo XIX los inmensos campos petrolíferos aportaban 100 barriles por cada barril usado en la extracción, el transporte y el refino. Se  ha ido perdiendo eficiencia a lo largo del tiempo a medida que se explotan yacimientos cada vez más inaccesibles: actualmente se recuperan entre uno y cinco barriles de crudo por cada barril usado en el proceso. La razón de estos rendimientos decrecientes es que, a medida que se seca un pozo, el petróleo de este resulta más difícil de extraer cada vez. Esa disminución de la eficiencia en la extracción seguirá hasta que, llegado un punto, por cada barril invertido en la extracción solo se obtenga otro barril. En ese momento el petróleo ya no podrá ser usado como forma de energía primaria. La energía que se use para extraerlo podría provenir de fuentes de energía alternativa.

 

No todas las fuentes de energía pueden ser cómodamente almacenadas. Debido a la alta densidad de energía y a la relativa seguridad de la gasolina a temperatura y presión ambientes, este producto resulta inigualable para el transporte de energía. En la práctica se usa como acumulador químico, capacidad de la que carecen las fuentes renovables como el viento o el Sol. Por este motivo es posible que el petróleo continúe extrayéndose y refinándose más allá del punto a partir del cual se requiera consumir más energía que la que se obtenga de él.

TRAGEDIA DE LO COMÚN

La tragedia de lo común es un dilema descrito por Garrett Hardin en 1968. 

 

  Describe una situación en la cual varios individuos, motivados solo por el interés personal y actuando independiente pero racionalmente, terminan por destruir un recurso compartido limitado (el común) aunque a ninguno de ellos, ya sea como individuos o en conjunto, les convenga que tal destrucción suceda.

 

 

¿Cómo escapar del dilema en el que muchos individuos actuando racionalmente en su propio interés, pueden en última instancia destruir un recurso compartido y limitado, incluso cuando es evidente que esto no beneficia a nadie a largo plazo?

 

 La tragedia de lo común nos ha azotado desde el comienzo de la humanidad, es la lucha por los recursos lo que ha llevado al hombre a conflictos y guerras a los largo de la historia.

 

Frente a ella sólo hay dos soluciones racionales:

 

1º  Efectivamente si algo es de todos, lo racional es arramblar con lo que se pueda y agotar el recurso para posteriormente extinguirse o conquistar otros recursos en otra parte. Este es el origen de todas las guerras, de las hambrunas, de la esclavitud y del colonialismo. Los primeros imperios de la humanidad se dieron en el llamado “creciente fértil”, Siria, Irak etc.

 

Me encontré con un viajero de una tierra antigua

Que me dijo: Dos imponentes piernas de piedra sin tronco

Se yerguen en el desierto. No lejos de ellas en la arena,

Medio rostro hundido y destrozado, cuya frente

 

Y sus rugosos labios y el ceño de fría autoridad

Cuentan que el escultor leyó bien aquellas pasiones

Que aún sobreviven, grabadas sin vida sobre estas cosas,

La mano que de ellas se burlaba y que alimentaba su corazón.

 

Y sobre el pedestal rezan estas palabras:

“Mi nombre es Ozymandias, Rey de Reyes:

Admira mis obras, oh poderoso, y pierde toda esperanza”

 

Nada permanece a su lado: alrededor de las ruinas

De este colosal naufragio, infinitas y desnudas,

Las llanas arenas solitarias se extienden lejos.

 

 

OZYMANDIAS

Percy B. Shelley, 1817

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2º  Que aparezca una administración superior que REGULE el acceso a los recursos y vele por su conservación siendo su autoridad aceptada de buena o mala gana por los individuos afectados. Además hay que ver el efecto de la factura energética en la balanza de pagos. Y el agotamiento del petroleo.

 

 

 

 

 

¿EL EFECTO INVERNADERO ES BUENO O MALO?

 

 

La Tierra órbita alrededor del Sol a 150 millones de km recibe 1365 w/m2 de radiación en la alta atmosfera expuesta al Sol de media. Esta es la órbita “ricitos de oro” ni muy fría ni muy caliente.

 

Si dispusiéramos de una esfera de color negro girando sobre su eje al lado de la tierra su temperatura media sería de 5,5º C según la ley de Stefan-Boltzmann, sin embargo la temperatura media del planeta es de 13.5 ºC esta diferencia se debe al benéfico efecto invernadero, que producen los gases invernadero presentes en la atmosfera.

 

El efecto invernadero es esencial para la vida del planeta: sin CO2 ni vapor de agua (sin el efecto invernadero) la temperatura media de la Tierra sería unos 33 °C menos, del orden de 18 °C bajo cero lo que haría inviable la vida. Hay que tener en cuenta que la Tierra no es de color negro tiene albedo y brilla.

 

Globalmente la superficie de la Tierra absorbe energía solar por valor de 161 w/m2 y del efecto invernadero de la atmósfera recibe 333 w/m2, lo que suma 494 w/m2, como la superficie de la Tierra emite (o dicho de otra manera pierde) un total de 493 w/m2 (que se desglosan en 17 w/m2 de calor sensible, 80 w/m2 de calor latente de la evaporación del agua y 396 w/m2 de energía infrarroja), Supone una absorción neta de calor de 0,9 w/m2, que en el tiempo actual está provocando el calentamiento de la Tierra. No parece mucho 0,9 w/m2 equivale a una estufa cada 1000 m2 pero es una estufa que nunca se apaga.

 

 

En 2013, la concentración de CO2 alcanzó el 142% del nivel de la era preindustrial (antes de 1750); el de metano, el 253% y el de óxido nitroso, el 121%.

Con 15ºC de media el planeta está bien ni frío ni calor, pero podemos cambiar estas condiciones en 2º o más grados en menos de 100 años.

 

"Nos enfrentamos ahora a la tragedia de los comunes globales. Hay una Tierra, una atmósfera, una fuente de agua y siete mil millones de personas compartiéndolas. Deficientemente. Los ricos están sobreconsumiendo y los pobres esperan impacientes a unírseles."

 

                                                                                                                                                                                                                                      Barry Schwartz

TEORÍA DEL PICO DE HUBBERT

 

 

 

 

 También conocida como cenit del petróleo, pico o agotamiento del petróleo, es una influyente teoría acerca de la tasa de agotamiento a largo plazo del petróleo, así como de otros combustibles fósiles. Predice que la producción mundial de petróleo llegará a su cenit y después declinará tan rápido como creció, resaltando el hecho de que el factor limitador de la extracción de petróleo es la energía requerida y no su coste económico.

 

Aún siendo controvertida, esta teoría es ampliamente aceptada entre la comunidad científica y la industria petrolera. El debate no se centra en si existirá un pico del petróleo sino en cuándo ocurrirá, ya que es evidente que el petróleo es un recurso finito y no renovable en escalas cortas de tiempo por lo que en un momento u otro se llegará al límite de extracción. Esto depende de los posibles descubrimientos de nuevas reservas, el aumento de eficiencia de los yacimientos actuales, extracción profunda o la explotación de nuevas formas de petróleo no convencionales.

 

El año exacto del pico todavía no ha sido establecido con precisión, si bien la Agencia Internacional de la Energía (AIE) hizo público en noviembre de 2010, que la producción de petróleo crudo llegó a su pico máximo en 2006 Basándose en los datos actuales de producción, la Asociación para el Estudio del Pico del Petróleo y el Gas (ASPO en inglés), considera que el pico del petróleo habría ocurrido en 2010,3 mientras que el del gas natural ocurriría algunos años más tarde. Por el contrario, las estimaciones de los más optimistas arrojan reservas para al menos 100 años más.

 

Este hecho implicaría importantes consecuencias para los países desarrollados, que dependen en gran medida de petróleo barato y abundante, especialmente para el transporte, la agricultura, la industria química y la calefacción doméstica. La teoría debe su nombre al geofísico M. King Hubbert, quien predijo correctamente el pico de la producción estadounidense con quince años de antelación.

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